Solventar necesidades emergentes de los partícipes o de su núcleo familiar (esposa, hijos y padres) tales como: gastos médicos, gastos exequiales, pensiones alimenticias y calamidad doméstica definida en el Código de Trabajo y LOSEP, siempre que la emergencia sea comprobada.
Copia a color de cédula de ciudadanía y papeleta de votación actualizada del deudor y cónyuge.
Copia de la acción de personal o contrato del partícipe.
Copia de roles de pago y confidenciales de fondos de reserva, décimos, compensaciones laborales (de los últimos 3 meses).
Copia de servicio básico máximo de 2 meses atrás.
Los garantes deberán presentar la misma documentación requerida para el deudor.
Demás requisitos que elárea de crédito solicite.